Condiciones de la Beca en la ESA

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PROGRAMA DE FORMACIÓN DE JÓVENES GRADUADOS ESPAÑOLES EN LA AGENCIA ESPACIAL EUROPEA (ESA)

  • 1. El programa de formación en los Centros de la ESA tendrán una duración global de un año, aproximadamente, para cada becario. Este período podrá ser extendido por un año adicional, si se acuerda así por ambas partes.
  • 2. Las áreas técnicas de especialización en los Centros de la ESA, serán aquellas claramente identificadas en el Programa Nacional de Espacio que corresponden a las principales líneas incluidas en los diferentes programas de la ESA.
  • 3. Los salarios, gastos de asistencia médica, de accidentes y de viaje, así como cualquier otro gasto incurrido por los Jóvenes Graduados Españoles para su instalación, estancia y viaje de vuelta serán a cargo de las autoridades españolas. La ESA no tendrá ninguna responsabilidad financiera relativa a remuneraciones o cualquier otro gasto en relación con ello.
  • 4. Los Jóvenes Graduados Españoles no disfrutarán de los privilegios e inmunidades del Anexo I de la Convención de la ESA relativa al personal de su plantilla. Ellos serán responsables de cumplir con los requisitos de residencia del país en el que la formación se imparta. Sin embargo, la ESA hará todo lo posible para facilitarles la obtención de la documentación necesaria, si es preciso, para estos efectos.
  • 5. La ESA no proporcionará a los Jóvenes Graduados Españoles seguros de riesgo y accidente. Por tanto, se pide a los Jóvenes Graduados Españoles que demuestren, lo antes posible, que ellos están cubiertos contra estos riesgos, incluyendo aquellos que puedan surgir en su estancia en la ESA o durante sus desplazamientos a sus lugares de trabajo, en la misma.
  • 6. En el caso de daños a terceros causados por Jóvenes Graduados Españoles, durante sus actividades de formación, el CDTI asumirá la responsabilidad hasta un límite de 50 Keuros.
  • 7. Cuando viajen en una misión de la ESA, durante su período de entrenamiento, los Jóvenes Graduados Españoles serán reembolsados por los gastos de viaje y estancia de acuerdo con las reglas aplicables al personal de plantilla de le ESA, misión de categoría III.
  • 8. Durante su período anual de formación los Jóvenes Graduados Españoles serán autorizados a tomarse de vacaciones hasta 30 días de trabajo, además de los 12 días de fiestas oficiales en algunos Centros.
  • 9. Durante los 24 meses de duración de su formación los Jóvenes Graduados Españoles no serán autorizados a interrumpir su entrenamiento salvo que concurran especiales circunstancias. En dichos casos la interrupción será debidamente justificada y autorizada por el CDTI y la ESA.
  • 10. Los Jóvenes Graduados Españoles estarán bajo la autoridad del Director General de la ESA y serán responsables ante él del cumplimiento de sus deberes. Los becarios cumplirán las normas y reglas del personal de plantilla de la ESA durante el cumplimiento de sus obligaciones en los lugares de su formación incluyendo aquellas normas relativas a horarios de trabajo. En caso de incumplimiento deliberado, el Director General puede solicitar al CDTI la finalización de su formación en la ESA.
  • 11. Los Jóvenes Graduados Españoles cumplirán las tareas que se les confíen teniendo en cuenta únicamente los objetivos y actividades de la ESA, sin que puedan solicitar ni recibir instrucciones por parte de ningún gobierno ni entidad externa a la ESA.
  • 12. Los Jóvenes Graduados Españoles observarán discreción profesional respecto a los asuntos internos de la ESA y no comunicarán a terceras partes que no estén cualificadas para recibirlas, ningún documento o información que no sea publicable. Esta obligación permanecerá después de terminar su programa de formación.
  • 13. A petición de la ESA los Jóvenes Graduados Españoles proporcionarán informes de sus actividades, y otros estudios relacionados con las mismas, los cuales no podrán ser publicados fuera de la ESA sin su autorización previa. A petición del CDTI o de los Jóvenes Graduados Españoles, la ESA suministrará certificados del programa de entrenamiento de la ESA en el que constará la duración, naturaleza y tareas desarrolladas, y, si se precisa, la valoración del trabajo desarrollado por los Jóvenes Graduados Españoles.
  • 14. El CDTI informará a los Jóvenes Graduados Españoles de las condiciones anteriores, y del hecho de que tienen que aceptarlas, por escrito, antes de comenzar su período de formación.
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